La juez imputa seis delitos de homicidio a tres funcionarios de Costas por el colapso de la pasarela de Santander
Toma la decisión tras el informe pericial que apuntaba a defectos en los herrajes de la infraestructura, cuya falta de mantenimiento pudo constituir una «negligencia grave»
Bilbao
La titular de la Plaza n.º 1 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Santander encargada de investigar el accidente en la pasarela de El Bocal, en el que el pasado 3 de marzo fallecieron seis personas y una resultó herida ... de gravedad, ha decidido ampliar la acción penal a quien fue jefe de Servicio de Proyectos y Obras de la Demarcación de Costas de Cantabria desde que se instaló la infraestructura hasta mayo de 2023, cuando se jubiló. En un auto hecho público este martes, le imputa a él y a otros dos técnicos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miterd) seis delitos de homicidio y un delito de lesiones por imprudencia grave.
La magistrada señala que este funcionario «ostentó una posesión de garante respecto de la seguridad estructural de la pasarela» y tuvo la «obligación de promover, ordenar o verificar las actuaciones de inspección y mantenimiento necesarias». La providencia llega una semana después de que la juez haya recibido el primer informe pericial desde que comenzó la instrucción, que le permite sostener «que la ausencia de inspecciones y mantenimiento adecuados pudo impedir, detectar y corregir el progresivo deterioro de la infraestructura (concretamente en sus herrajes), generando un riesgo relevante que se materializó en el colapso de la pasarela».
El nuevo investigado se suma a quien le sucedió en el cargo (actual jefe de Servicio de Proyectos y Obras) y al jefe de la Demarcación de Costas (responsable de la construcción de la senda costera en 2014). Fue en un auto el 24 de marzo cuando la instrucción declaraba a la Demarcación de Costas, dependiente del Miterd, posible responsable civil al ser la institución encargada del mantenimiento por tratarse de obras no finalizadas. Despejaba la duda de si esta era competencia del ayuntamiento de la ciudad, investigando a los dos primeros funcionarios de Costas y atribuyendo únicamente al consistorio, por su parte, el hecho de no haber señalizado la pasarela ante el riesgo.
Es la primera vez que la jueza de Santander apunta a seis posibles delitos de homicidio desde que comenzó la instrucción del caso
Ahora, nombra por primera vez el tipo delictivo y apunta a que los tres funcionarios pudieron «contribuir, concausalmente, al mantenimiento del riesgo no controlado que desembocó en el fatal resultado, concurriendo en sus personas, por el cargo que ostentaban y ostentan, una clara posición de garante y capacidad de actuar». Así, el auto señala que dicha falta de mantenimiento podría constituir una «negligencia grave» y la posible comisión de seis delitos de homicidio por imprudencia grave (por los seis fallecimientos) y un delito de lesiones por imprudencia grave (por las heridas sufridas por la superviviente).
A partir del informe pericial (falta que las defensas de los investigados presenten los propios), la juez apunta que la pasarela estaba «abierta para su uso público sin ningún tipo de restricción, no sometida a ningún tipo de control o inspección y mantenimiento desde su construcción en 2014, y en donde aparentemente se utilizó como material para los herrajes de las vigas de apoyo uno ciertamente inadecuado para toda estructura sometida a un ambiente exterior sin cubrir (más aún cuando tal estructura se ubica en el mismo borde costero)». Además, «la ausencia total de inspecciones presumiblemente impidió detectar deterioros estructurales, limitándose las únicas actuaciones de mantenimiento realizadas a una intervención tardía y parcial, al centrarse exclusivamente en su estructura de madera».
Todas esas circunstancias «no permitieron abordar elementos críticos» y «el colapso, pues, pudo ser consecuencia de un deterioro progresivo no controlado». Así, considera que «la omisión de la diligencia debida, en los términos así expuestos, presenta en estos momentos caracteres de negligencia grave que, como tal, justifica la acción penal ya ejercida por posible comisión de seis delitos de homicidio por imprudencia grave en su modalidad agravada por pluralidad de víctimas, y un delito de lesiones por imprudencia grave frente a los investigados».
Declaración como investigados
Será el próximo 15 de mayo, tres días después de que las defensas de los acusados puedan aportar sus propios informes periciales, cuando los tres funcionarios de Costas declararán como investigados. Por otro lado, la instructora no atiende a la petición del Ayuntamiento de Santander de que el ingeniero que firmó el proyecto de construcción de las pasarelas declare el viernes en calidad de investigado, en vez de hacerlo como testigo-perito, tal y como se le ha citado. Argumenta que «ni el Ministerio Fiscal ni ninguna otra parte personada ha dirigido contra el citado expresa denuncia o querella» y que «es responsable de un proyecto parcial, en cuanto no abarca la totalidad de la obra».
Los tres funcionarios de Costas declararán como investigados el próximo 15 de mayo
Para la magistrada, lo que este ingeniero firmó se trata de «un anejo integrado en el proyecto principal de la senda, aceptado y avalado por ello por el director de la Obra, que sí actúa en esta causa en calidad de investigado». También lo está la agente de Policía Local que recibió el aviso de un vecino el día antes de la tragedia alertando del estado de la pasarela. A este respecto, la jueza ha aceptado la petición de su defensa para que la institución aporte las actuaciones registradas en la base de datos policial derivadas de las llamadas entrantes entre las 12:14 y las 14:30 horas del día previo al accidente (fecha en la que dicho vecino llamó al 112).
En un paso previo de la instrucción, tras las declaraciones hechas por la gestora del 112 que recibió el aviso del vecino y la misma agente de la Policía Local que lo recibió, la magistrada quiso esclarecer la «dinámica operativa ordinaria de ambos servicios cuando se reciben llamadas de tales características». Así, requirió al inspector jefe de la Policía Local de Santander para que informase si el protocolo de actuación de llamadas «se activa o aplica solo para llamadas o avisos procedentes de ciudadanos, quedando excluidas las procedentes del Servicio de Emergencias 112».
También que identificara al superior jerárquico de la agente que cogió el aviso y también a dos agentes que desempeñen la misma actuación en el Centro de Coordinación de Servicios de la Policía Local, con el fin de tomarles declaración como testigos. Igualmente, solicitó al director del Servicio de Emergencias 112 que indicara quién era el superior jerárquico de la gestora que recibió la llamada y que identificase a dos gestores que desempeñen la misma función para que presten declaración. No han trascendido más diligencias practicadas en esta otra línea de la investigación que está realizando la jueza instructora.