Me estoy refiriendo al arancel que regula los derechos de los procuradores de los tribunales de España.
Fue aprobado por Real Decreto 1162/1991 de 22 de julio, que precisamente venía a sustituir a su anterior, número 1030/1985 de 19 de junio. Desde entonces y hasta la fecha viene regulando económicamente el trabajo de este sufrido colectivo.
Sólo se ha promulgado desde su creación la orden de 17 de mayo de 1994, en virtud de la cual se revisaron exclusivamente las cuantías fijas que se incrementaron en un 12.40%. Desde este año, espera y no desesperes.
De ello resulta, por vía del ejemplo, que por cumplimentar un exhorto, mandamiento y toda clase de despachos tenemos derecho a cobrar, dependiendo de la cuantía, cantidad que oscila entre las 620 a las 2.248 pesetas, hoy convertible lógicamente en euros. Sabéis todos que cualquier profesional que vaya a nuestra casa a realizar un trabajo, por simple que sea, un fontanero por ejemplo, cobra más.
Y encima vienen los de la huelga, los que no trabajan y pretenden que hagamos igual. Estoica paciencia, santa tolerancia.
Soy de la opinión que la culpa de ello la tenemos todos. El Gobierno, a través de su Ministerio de Justicia, y también nosotros, que, simplemente, lo estamos permitiendo.
De todas formas, voy a dejar de pensar en tristeza abriendo la ventana a la ilusión, pues hace poco me han trasladado la feliz e insólita noticia de que pronto nacerá el nuevo arancel de los «sufridores de España». Creo que, cuando ello tenga lugar, me voy a dirigir al ministro de Justicia para rogarle que nos otorgue la medalla especial al sufrimiento paciente, si es que existe, y, caso contrario, interesaré su creación y subsiguiente aplicación, incluso a título mortis causa.
Cuando finalizo, viene a mi memoria un recuerdo de Tácito: «Por la debilidad de la naturaleza humana, los remedios son siempre más lentos que los males...»