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Multa de hasta 15.052 euros

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La ofensiva contra la movida nocturna, y especialmente contra el fenómeno de los botellones, se hará efectiva en cuanto entren en funcionamiento las partrullas que la Delegación de Medio Ambiente tiene previstas y que se encargarán de controlar la venta ilegal de alcohol a partir de las diez de la noche. Será entonces cuando se pongan las primeras multas por este concepto. Según recoge el régimen sancionador de esta normativa, las multas posibles se dividirán en tres tipos: leves, graves y muy graves. Las dos primeras podrán ser puestas por el Ayuntamiento, mientras que las muy graves corresponde a la Junta de Andalucía. Falta leve se considerará el consumo de alcohol a partir de las diez de la noche en recintos no autorizados para ello. Esto podrá ser sancionado hasta con 3.000 euros (unas 500.000 pesetas). Falta grave se considerará la venta de alcohol nocturna en establecimientos no permitidos (tiendas de conveniencia, gasolineras, etc.), así como la obstrucción a las inspecciones o la reiteración de falta leve en un año. La multa por ello podrá llegar a 15.025 euros (hasta 2,5 millones de pesetas). La falta muy grave será la reiteración de faltas graves y la sanción podrá llegar a los 601.000 euros (100 milllones de pesetas).

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