¿Te cobran el pan en un restaurante? Esto es lo que dice la ley y cuándo puedes negarte a pagarlo
Estos son los cargos que puedes negarte a pagar si no cumplen la normativa
Con terrazas llenas y restaurantes al completo, el verano es también la época en la que más dudas surgen a la hora de pagar la cuenta. Cobros por reservar mesa, suplementos inesperados o conceptos que aparecen al final del ticket pueden hacer que la factura sea más alta de lo esperado. Sin embargo, no todo vale y hay casos en los que el cliente puede negarse a pagar.
La normativa protege a los consumidores frente a determinados cargos que algunos establecimientos aplican durante la temporada alta. Aunque existen conceptos que sí pueden cobrarse si se informan previamente, otros siguen siendo ilegales y no pueden añadirse a la cuenta, por mucha demanda que tenga el restaurante.
Los cobros que no pueden hacerte en un restaurante
Estos son algunos de los cargos que conviene revisar antes de pagar la cuenta:
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Cobrar por una reserva sin descontarlo de la factura. Los restaurantes pueden pedir una cantidad para garantizar la reserva, pero ese importe debe restarse del precio final. Si se cobra como un suplemento adicional, no se ajusta a la normativa.
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Cobrar el cubierto o el servicio. Como norma general, no pueden añadir un importe por este concepto, salvo que exista una regulación autonómica que lo permita.
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Cobrar el pan o los picos sin avisar. Solo podrán incluirse en la factura si aparecen de forma clara y visible en la carta o en la lista de precios del establecimiento.
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Cobrar el agua del grifo. La Ley de Residuos obliga a bares y restaurantes a ofrecer agua del grifo de forma gratuita cuando el cliente la solicite. Lo que sí pueden cobrar es el agua mineral embotellada.
Antes de aceptar cualquiera de estos cargos, conviene revisar la carta y comprobar si el establecimiento ha informado de ellos de forma visible. Si no es así, el consumidor tiene derecho a reclamar y solicitar una factura que se ajuste a la normativa vigente.